Menú Cerrar

FAQS

FAQS ABOGADO DE FAMILIA

El convenio regulador es un tipo de “contrato” o “pacto” entre cónyuges o miembros de la pareja que regula los efectos de su ruptura. como la adjudicación de los bienes y todo aquello derivado de la ruptura del vínculo.  Pero, también su relación con los hijos comunes, el sistema de guarda y custodia.

Cuando se presenta una demanda de divorcio o separación entre cónyuges la ley obliga que esta vaya  acompañada de un convenio regulador y plan de parentalidad, si la pareja tiene descendencia.

En caso de separación o divorcio la ley fija el “interés más necesitado de protección”, que en caso de matrimonio con hijos lo encarna el progenitor que tiene a cargo a los hijos comunes o disponga de menos ingresos.

La ley establece que la pensión de alimentos se extingue cuando estos son económicamente independientes, sin significar por ello, que sean mayores de edad.

En los casos de separación o divorcio, y cuando el matrimonio haya tenido hijos comunes, la ley establece que el progenitor no custodio tiene la obligación de abonar todos los meses una cantidad económica para cubrir las necesidades de sus hijos, esto es la pensión alimenticia.

La pensión compensatoria, sin embargo, se establece judicialmente con la finalidad de reparar el desequilibrio económico que se puede producir tras la ruptura matrimonial y que afecta a uno de los cónyuges.

Los convenios reguladores o las medidas de la sentencia son modificables, siempre que las circunstancias bajo las cuales se firmó la sentencia hayan cambiado. Para ello, es necesario iniciar un procedimiento de modificación de medidas.

Abogado de familia
Abogado especialista herencias

FAQS ABOGADO DE EMPRESAS

Desde Jiménez-Macián & Prades Abogados nos encargamos de ofrecerte la  información y/o asesoramiento que necesites para solucionar todos aquellas dudas que puedan surgir a la hora de interpretar las normativas que rigen tu actividad, negocio y empresa.  Te mantenemos al día de las nuevas leyes que puedan publicarse o aquellas situaciones socioeconómicas o políticas que puedan impactar sobre  tu empresa o su gestión.

Como abogados de empresa, defendemos los intereses de tu empresa en cualquier procedimiento, ya sea administrativo o judicial. Analizamos el problema  para resolverlo según dicta la ley, tanto en operaciones societarias, contratos o convenios, estatutos internos, despidos, ERES,  o decisiones profesionales que debas tomar.

Redactamos los informes y auditorías que necesites sobre las distintas áreas de tu negocio y su funcionamiento así como cualquier tipo de contrato que necesites.

La “iguala jurídica” para las empresas es un contrato de servicios para ofrecer cobertura a cualquier cuestión jurídica a las empresas. Con la iguala jurídica ofrecemos cobertura legal y/o jurídica a las empresas tanto a nivel de asesoramiento como defensa en procedimiento judicial ante juzgados y tribunales a cambio de un importe mensual fijo, durante un año prorrogable. Este modelo de cobertura legal ofrece a la empresa las mismas ventajas que tener un abogado en su plantilla, con un contacto directo e inmediato con nosotros, y con el tiempo conocemos los detalles del funcionamiento de la empresa, por lo que la resolución de los litigios generalmente tiene unos resultados fantásticos.

En Jiménez-Macián & Prades Abogados no ofrecemos servicio de gestoría a empresas, sino que nos dedicamos a la asesoría jurídica y representación letrada de nuestros clientes, tanto en la vía administrativa como judicial. 

Las gestorías, por otro lado, son empresas a las que se les derivan los trámites fiscales y contables de las empresas.

Abogado especialista herencias

FAQS ABOGADOS LABORALES

En caso de no estar conforme con el despido, es necesario firmar el documento del despido como “recibido y no conforme” para impugnar después la causa del despido.

Como abogados de empresa, defendemos los intereses de tu empresa en cualquier procedimiento, ya sea administrativo o judicial. Analizamos el problema  para resolverlo según dicta la ley, tanto en operaciones societarias, contratos o convenios, estatutos internos, despidos, ERES,  o decisiones profesionales que debas tomar.

Redactamos los informes y auditorías que necesites sobre las distintas áreas de tu negocio y su funcionamiento así como cualquier tipo de contrato que necesites.

El plazo máximo para impugnar un despido es de 20 días, hasta el inicio del SMAC, reanudándo el plazo después de la conciliación laboral.

Existen tres tipos de despidos; procedente, improcedente o nulo, que vulnera algún derecho fundamental.

En despidos objetivos la indemnización es de 20 días por año trabajado y ha de ser entregada junto a la carta de despido.

Con los cambios en las leyes laborales nos encontramos ante dos tipos de indemnizaciones por despido:

La indemnización generada hasta febrero de 2012, al trabajador le corresponden 45 días por año trabajado.

Desde entonces son 33 días por año trabajado.

Cuando hablamos de despido nulo nos referimos a aquel que vulnera algún Derecho Fundamental recogido en la Constitución.

El plazo para reclamaciones de cantidad es de un año.

El plazo para reclamaciones a Fogasa es de un año desde el Auto de insolvencia.

Es recomendable contactar con un Abogado Laboralista que le asesore según su caso personal, para proceder de la forma más beneficios para usted.

Contacto

Dirección

Plaza de la Constitución 2,
Esc. Izq., 3ª Planta, 4.
28943
Fuenlabrada, Madrid
(En el Edificio de los Notarios, frente al Ayuntamiento Nuevo de Fuenlabrada)

910 85 10 74
info@jmpabogados.com

Horario

Lunes a Jueves:
9:30 a 14:00 / 16:00 a 18:30

Viernes: 
9:30 a 14:00